Estudiantes y familiares de personas con discapacidad, la Rada quiere ampliar el círculo de personas elegibles para la movilización

elInternacionalista
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La Rada Suprema de Ucrania propone privar a los estudiantes de segundo y tercer grado de educación superior, así como a los cónyuges de personas discapacitadas y sus familiares que no sean de primer grado, de los aplazamientos de movilización.

Maryana Bezuglaya habló sobre el nuevo proyecto de ley. Foto – Facebook

Ya se está preparando el proyecto de ley correspondiente para su registro, escribe la diputada popular Maryana Bezuglaya en su Facebook.

En particular, en lo que respecta a los familiares de personas discapacitadas, informó lo siguiente: “El círculo de ciudadanos con derecho a un aplazamiento del cuidado de una persona con discapacidad de los grupos I y II o que necesita cuidados constantes se reduce a los familiares del primer grado de parentesco, y se elimina la posibilidad de evadir el servicio militar obligatorio durante la movilización mediante el registro de cuidados ficticios para las personas que lo necesitan. Recordemos que hoy el derecho a un aplazamiento de la movilización lo tienen las personas que están constantemente cuidando a sus los padres de su esposa (cónyuge), y los cambios establecen que este derecho permanecerá solo para quienes cuidan de sus propios padres. Las personas obligadas al servicio militar que tengan esposa (cónyuge) entre las personas con discapacidad del grupo III también perder el derecho a un aplazamiento El círculo de personas con derecho a un aplazamiento para cuidar a una persona con discapacidad de los grupos I y II o una persona, según la conclusión del MSEC, necesita cuidados permanentes, reducidos a familiares miembros del primer grado de parentesco (padres y padres del marido (esposa), hijos, hijos del cónyuge (esposa), incluidos los adoptados).»

Texto original de Bezugla

En cuanto a los estudiantes, el texto de Bezugla es el siguiente: «Los cambios tienen como objetivo eliminar la posibilidad de evitar el servicio militar obligatorio obteniendo una segunda, tercera educación superior o superior».

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